Secretaría de Seguridad e Higiene en el Trabajo

seguridadehigiene@ssp.org.ar Interno 1606


Deberes y atribuciones

a) Deberá exigir el cumplimiento de las leyes, decretos y reglamentaciones referidas a la higiene, seguridad y medicina del trabajo tanto preventiva como asistencial.
b) Velará por estas condiciones en los diferentes establecimientos de trabajo, denunciando los problemas que se detecten.
c) Propondrá condiciones que tiendan a eliminar insalubridad, infecciones, tares agobiantes, peligrosas, etc.
d) Coordinar la designación de los delegados a los Comités Mixtos en Salud, Seguridad e Higiene en el trabajo y a los delegados de prevención.
e) Solicitar informes sobre Salud, Seguridad e Higiene en el trabajo a los representantes de los Comité mixtos.
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